Con ocasión del análisis del Decreto Ley 927 de 2023, que modifica el Sistema Específico de Carrera para los empleados públicos de la DIAN, la Corte Constitucional resolvió declarar inexequible un inciso de su artículo 36. La norma en cuestión no permitía la utilización de listas de elegibles en casos de empleos que hayan sido provistos por encargos o por provisionalidad.
La Corte consideró que dicha disposición vulnera derechos como la igualdad, el acceso a cargos públicos y el debido proceso, además de contradecir el principio constitucional del mérito. A juicio del alto tribunal, la norma resulta desproporcionada al otorgar un privilegio injustificado a los nombramientos provisionales o en encargo, en detrimento de los derechos de quienes han superado un proceso de selección meritocrático.
En su análisis, la Corte advirtió que aproximadamente 5.600 de las más de 10.000 vacantes en la DIAN se encuentran ocupadas en calidad de provisionalidad o encargo. Esta situación persiste a pesar de las inversiones realizadas en la organización y ejecución de concursos de méritos para la provisión de dichos cargos.
Como consecuencia directa de la declaratoria de inexequibilidad, la Corte dispuso que la DIAN a partir de la fecha deberá proceder a la provisión de los cargos vacantes utilizando las listas de elegibles resultantes de los concursos de méritos, respetando estrictamente el orden de mérito.
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