La Agencia Nacional de Hidrocarburos revocó la adjudicación de un contrato, por presuntas falsedades en los documentos aportados por el adjudicatario. Consecuencialmente, ordenó hacer efectivas la garantía de seriedad de la oferta; no obstante, el Consejo de Estado, en segunda instancia, revocó la decisión argumentando que dicha garantía no amparó el siniestro por la presentación de documentos presuntamente falsos:
“Tal como lo reclama Axa Colpatria SA, en calidad de asegurador, solo está llamado a responder por los riesgos que en virtud del contrato asumió, esto es, aquellos garantizados en la póliza, entre los que no se incluyó la presentación de información falsa por parte del oferente; según consta en los actos administrativos demandados, el contrato dejó de suscribirse por la decisión de la administración y no por reticencia del tomador; aunque, la decisión de la entidad devino de una actuación antijurídica del proponente, esta no quedó asegurada con las pólizas de seriedad de las ofertas, que solo amparaban los riesgos señalados en el párrafo que antecede.”
LIZETH GONZÁLEZ
ADMINISTRADORA PÚBLICA
FRANCISCO FAJARDO Abogados & Asociados