info@franciscofajardoabogados.com
Estamos en Colombia

Síganos:  

                 
Recurso de reposición procede contra auto que admite apelación de sentencia de primera instancia

Según lo previsto en el artículo 242 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 61 de la Ley 2080 de 2021, el recurso de reposición procede contra todos los autos, salvo norma legal en contrario; en virtud de la previsto en este mismo inciso, este medio de impugnación se tramita en los términos del Estatuto Procesal Civil, que corresponde a lo previsto en el artículo 318 del Código General del Proceso.

Reparos contra el auto que inadmite demanda, se sustentan en recurso de reposición; no procede alegarlos cuando se apela el auto que rechaza la demanda

De acuerdo con el artículo 170 del CPACA, los reparos que se tengan contra lo señalado en el auto que inadmite la demanda, deben proponerse a través del recurso de reposición, dado que las órdenes allí impuestas deben acatarse, so pena del rechazo de la demanda; de acuerdo al  numeral 2 del artículo 169 del CPACA, se trata de una consecuencia procesal objetiva.

LEVANTAN SUSPENSIÓN A JUEZA VIVIAN POLANÍA

Hoy se conoció la providencia del Magistrado Alfonso Cajiao Cabrera de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, por medio de la cual revocó la suspensión provisional en el ejercicio del cargo de Jueza Primera Penal Municipal con Función de Control de Garantías Ambulante de Cúcuta, de la Dra. Heidy Vivian Polanía Franco

Resolución No. 035 de 2023; Procuraduría imparte instrucciones específicas al trámite de conciliación prejudicial en materia de lo contencioso administrativo

A partir del 27 de enero del 2023 entró en vigencia la Resolución No. 035 del 2023, emitida por la Procuraduría General de la Nación, por medio de la que se pone en marcha la implementación de la Ley 2022 del 2022 (Estatuto de conciliación y Sistema Nacional de Conciliación) y se imparten instrucciones específicas al trámite de conciliación prejudicial en materia de lo contencioso administrativo.

En juicios electorales, admisión de demanda y suspensión provisional deben resolverse en un mismo auto

Al resolver el recurso de apelación contra un auto que negó la suspensión de un acto electoral, la Sala Quinta del Consejo de Estado, con ponencia del Magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil, advirtió que, el tribunal de la primera instancia, decidió la admisión de la demanda electoral y la medida cautelar requerida, en dos providencias diferentes, desconociendo el contenido del artículo 277 del CPACA.

Interpretación y alcance del objeto contractual

Mediante sentencia del 21 de noviembre de 2022, proferida por el Consejo de Estado, Sección Tercera, con ponencia de la Consejera Marta Nubia Velásquez Rico, se reiteró que, para definir el alcance del ‘objeto’ de un contrato estatal, no basta con la lectura de la cláusula que se identifique bajo dicha denominación; por el contrario, es necesario realizar una lectura completa del texto contractual y de todos los demás documentos que lo integren, aplicando una interpretación sistemática que permita determinar el sentido que mejor convenga al contrato.

https://franciscofajardoabogados.com/wp-content/uploads/2021/09/17-francisco-fajardo-abogados-pasto.png
Estamos en Barranquilla, Bogotá, Cali, Popayán, Pasto.
info@franciscofajardoabogados.com

VISITAS TOTALES

Our Visitor

399093

CONTÁCTENOS

Síganos: