Asuntos JudicialesNo es potestad del juez civil convocar audiencias presenciales, salvo excepciones legales.
Es incorrecto convocar audiencias presenciales y obligar a las partes a asistir de esa manera, cuando la Ley 2213 de 2022 establece que las audiencias judiciales en procesos ordinarios deben ser virtuales por regla general.
















