Asuntos JudicialesEn acciones de tutela no es aplicable la obligación de remitir copia de la demanda a la contraparte, al momento de la radicación.
Corte Constitucional dispuso que el inciso 5º del art. 6 de la Ley 2213 de 2022, que dispone que con la radicación de la demanda se debe remitir copia a la contraparte, no es aplicable al trámite de tutela.

















