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Recurso de reposición procede contra auto que admite apelación de sentencia de primera instancia

Según lo previsto en el artículo 242 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 61 de la Ley 2080 de 2021, el recurso de reposición procede contra todos los autos, salvo norma legal en contrario; en virtud de la previsto en este mismo inciso, este medio de impugnación se tramita en los términos del Estatuto Procesal Civil, que corresponde a lo previsto en el artículo 318 del Código General del Proceso.

Reparos contra el auto que inadmite demanda, se sustentan en recurso de reposición; no procede alegarlos cuando se apela el auto que rechaza la demanda

De acuerdo con el artículo 170 del CPACA, los reparos que se tengan contra lo señalado en el auto que inadmite la demanda, deben proponerse a través del recurso de reposición, dado que las órdenes allí impuestas deben acatarse, so pena del rechazo de la demanda; de acuerdo al  numeral 2 del artículo 169 del CPACA, se trata de una consecuencia procesal objetiva.

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