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Modalidad de pago denominada -precio global fijo- es aplicable y exigible en contratos de interventoría

Mediante sentencia proferida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, del ocho (8) de junio de dos mil veintidós (2022), con ponencia del Consejero José Roberto Sáchica Méndez, se determinó que, si bien la modalidad de pago por “precio global fijo” (también llamado a mano alzada) es usualmente empleada en los contratos de obra, ello no implica que sea excluyente respecto de otras figuras contractuales. Así lo precisó esta corporación:

Subasta inversa: ausencia de lances no es causal de eliminación de oferentes habilitados

Dentro de los procesos de selección abreviada por subasta inversa es de tener en cuenta que, la subasta, es la oportunidad que tienen los oferentes para mejorar la oferta económica presentada, si es su voluntad; es decir que, para continuar en concurso, no están obligados a mejorar su propuesta, ya que esto se encuentra en el ámbito de la autonomía de la voluntad del oferente.

Proyectos de licitación de Obra Pública de Infraestructura de Transporte: deber de los oferentes de aportar Análisis de Precios Unitarios (APU) con la presentación de su oferta económica

Colombia Compra Eficiente –CCE-, mediante concepto C 593 de 2022, hizo énfasis en que, en los proyectos de licitación de Obra Pública de Infraestructura de Transporte, es obligación del oferente aportar con su propuesta económica, un Análisis de precios unitarios realizado por él:

Notificación de la liquidación y terminación unilateral del contrato estatal debe hacerse en los términos del CPACA

Teniendo en cuenta que los actos administrativos de liquidación o terminación unilateral de un contrato, suponen la materialización de la declaración de voluntad de un órgano del Estado de poner fin a determinadas actuaciones administrativas, para que los mismos produzcan efectos jurídicos y tengan vocación de ejecutoria, es necesario, entre otros aspectos, que estos se den a conocer a los interesados, a través del medio y/o mecanismo establecido en la Ley.

Prohibición de rechazar a un oferente por no encontrarse inscrito y/o clasificado uno o varios códigos del Clasificador de Bienes y Servicios UNSPSC

Colombia Compra Eficiente –CCE-, mediante concepto C 881 de 2022, reiteró la prohibición de rechazar a un oferente por no encontrarse inscrito y/o clasificado uno o varios códigos del Clasificador de Bienes y Servicios UNSPSC resaltando que, la exigencia de tal codificación, debe requerirse sobre los contratos registrados en el RUP:

Vigencia del RUT es indefinida

Teniendo en cuenta que el Registro Único Tributario –RUT- es un documento necesario para la celebración del contrato estatal, resulta importante conocer que la DIAN, mediante Circular Externa No. 001 del 15 de marzo de 2023, recordó a las entidades públicas y privadas y a la ciudadanía en general que, con fundamento en el artículo 555-1 y 1.6.1.2.7 del Decreto 1650 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, la vigencia del RUT es indefinida.

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