ContrataciónLos contratistas vinculados como apoyo a la gestión de entidades públicas, son sujetos disciplinables.
Los contratistas vinculados como apoyo a la gestión de entidades públicas, son sujetos disciplinables.
Los contratistas vinculados como apoyo a la gestión de entidades públicas, son sujetos disciplinables.
Colombia Compra en Concepto C-294 de 2023, precisó que la Ley de Transparencia obliga a las entidades estatales de régimen especial, a publicar su actividad contractual en SECOP II.
Mediante CU-007 de 2024 de Colombia Compra Eficiente precisó que, el PAA no es requisito condicionante para celebración de contratos estatales; su falta de expedición no es impedimento para la actividad contractual.
En función del principio de moralidad administrativa, las entidades están llamadas a ejercer el control y vigilancia contractual, mediante la supervisión o interventoría.
Consejo de Estado recuerda los requisitos para que sea aplicable la teoría de la imprevisión, como causal de desequilibrio económico del contrato.
Acción contractual para contratos de entidades no sometidas al EGCP, se contabiliza desde que este finaliza o desde que termina el plazo pactado para liquidarlo, sin que pueda adicionarse el plazo de 2 meses para la liquidación unilateral.
Para el cálculo de capacidad residual solo deben reportarse contratos de obra pública que estén en ejecución.
Convenios solidarios para ejecución de obras públicas que no superen la menor cuantía, con organismos de acción comunal, deben celebrarse conforme a los documentos tipo adoptados mediante Resolución 358 de 2023, que son obligatorios e inalterables.
Liquidación unilateral de convenios interadministrativos procede cuando estos son de tracto sucesivo, de ejecución prolongada en el tiempo y, respecto de los demás que lo requieran.
Entidades estatales deben supeditar sus actuaciones contractuales al cumplimiento de reglas y principios de la contratación estatal, por ser una actividad reglada de la administración.